

Cercos y Veredas
San Miguel 13 de Marzo de 2009
La Municipalidad de San Miguel le recuerda a todos los vecinos del distrito que esta terminantemente prohibida la poda de árboles y/o su extracción (ORD.: 359/77).
Veredas:
Es obligación de los propietarios de terrenos baldíos o edificados ubicados dentro del partido de San Miguel, construir y/o reparar la vereda reglamentaria frente de los mismos; mantenerlas limpias, desmalezadas y construir y mantener el cerco perimetral que marque el límite con la vía pública.
Así mismo, se les recuerda que queda terminantemente prohibido el arrojo de agua de cualquier origen a la vía pública. Si no se cumple, es pasible de severas multas. Ord. 728/83 y 359/77: Ante cualquier accidente en la vía pública producto de vereda en mal estado, el único responsable es el dueño de la finca frentista.
El Departamento de “Cercos y Veredas” invita a propietarios y/o inquilinos del Microcentro de San Miguel, en respuesta a reiteradas quejas de transeúntes que se habrían visto afectados por algunas falencias detectadas en las mismas (baldosas flojas, faltantes, rotas) que provocan tropiezos, torceduras, caídas, etc., a buscar una pronta solución en tal sentido a efecto de evitar accidentes a la vecindad tanto sanmiguelina como aledaña que a diario nos visitan haciendo de nuestro distrito un lugar comercial por excelencia.
También se recuerda a los vecinos que para cualquier obra o trabajo que realicen en sus casas, y tengan que arrojar residuos, no se pueden arrojar en la vereda, se debe pedir un volquete.
Por último, se recuerda que los meses de poda son mayo, junio, julio y agosto, y sólo al interior del hogar. La poda exterior, es decir, la que se realiza sobre la vía pública, solo puede ser correctiva y de acuerdo a la ordenanza.
